Tips | Administración y finanzas públicas

¿Quiénes pueden aplicar al mecanismo de obras por impuestos?

¿Quiénes pueden aplicar al mecanismo de obras por impuestos?
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Pueden aplicar las entidades públicas del gobierno nacional, los gobiernos regionales, los gobiernos locales, las juntas de coordinación interregional, las mancomunidades regionales, las mancomunidades municipales y las universidades públicas, en el marco del TUO de la Ley N° 29230.

Para el caso de las entidades del gobierno nacional se ha autorizado, en el marco de sus competencias, la ejecución de proyectos de inversión bajo el mecanismo de Obras por Impuestos en materia de salud, educación, turismo, agricultura y riego, orden público y seguridad, cultura, saneamiento, electrificación rural, industria, turismo, pesca, deporte, ambiente, remediación de pasivos ambientales, habilitación urbana, protección social, desarrollo social, transportes, comunicaciones, justicia, acceso a servicios de atención al ciudadano, mercado de abastos, incluyendo su mantenimiento.

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