Para aprobar el monto de la remuneración de los gobernadores, los consejos regionales deben verificar que no supere el máximo de cinco y media Unidades de Ingresos del Sector Público (UISP), por todo concepto; es decir, Catorce Mil Trescientos soles (S/. 14,300.00) para el presente ejercicio fiscal. (UISP 2023 Y 2024: 2,600)
Justificación:
- Remuneración mensual del Gobernador Regional: El Consejo Regional fija la remuneración mensual del gobernador, vicegobernador. El gobernador regional no tiene derecho a dietas.
- Determinación del monto: El monto de la remuneración mensual del gobernador es fijada en proporción a la población electoral de su circunscripción, hasta un máximo de cinco y media Unidades de Ingresos del Sector Público (UISP), por todo concepto; es decir en Catorce Mil Trescientos soles (S/. 14,300.00) para el presente ejercicio fiscal. Dicha remuneración está constituida por el Monto Único Consolidado (MUC) y el Beneficio Extraordinario Transitorio (BET).
- Prohibición de reajuste: Una vez aprobado el monto de la remuneración no está permitido el incremento o reajuste del mismo por los consejeros regionales.
Fuente: Opinión Nº 0089-2023-DGGFRH/DGPA



