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¿Qué consideraciones legales deben tener en cuenta los consejos regionales para fijar el monto de la remuneración del gobernador regional?

¿Qué consideraciones legales deben tener en cuenta los consejos regionales para fijar el monto de la remuneración del gobernador regional?
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Para aprobar el monto de la remuneración de los gobernadores, los consejos regionales deben verificar que no supere el máximo de cinco y media Unidades de Ingresos del Sector Público (UISP), por todo concepto; es decir, Catorce Mil Trescientos soles (S/. 14,300.00) para el presente ejercicio fiscal. (UISP 2023 Y 2024: 2,600) 

Justificación:

  1. Remuneración mensual del Gobernador Regional: El Consejo Regional fija la remuneración mensual del gobernador, vicegobernador. El gobernador regional no tiene derecho a dietas.
  2. Determinación del monto: El monto de la remuneración mensual del gobernador es fijada en proporción a la población electoral de su circunscripción, hasta un máximo de cinco y media Unidades de Ingresos del Sector Público (UISP), por todo concepto; es decir en Catorce Mil Trescientos soles (S/. 14,300.00) para el presente ejercicio fiscal. Dicha remuneración está constituida por el Monto Único Consolidado (MUC) y el Beneficio Extraordinario Transitorio (BET). 
  3. Prohibición de reajuste: Una vez aprobado el monto de la remuneración no está permitido el incremento o reajuste del mismo por los consejeros regionales.

Fuente: Opinión Nº 0089-2023-DGGFRH/DGPA

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