No, el desarrollo del proceso de selección de la empresa privada se regula por lo dispuesto en el TUO de la Ley 29230, su Reglamento y lineamientos complementarios., no siendo de aplicación supletoria lo dispuesto en la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado ni su Reglamento. Es importante señalar que el proceso es más expedito en tiempos, e incluso la Ley permite adjudicar de manera directa, en caso que se presente un único postor con tan sólo la manifestación de interés de la empresa.
¿Para la adjudicación de una obra se deberá llevar a cabo un concurso publico según las reglas que establece la Ley de Contrataciones del Estado?

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