Es el reemplazo de un activo cuyo tiempo de operación ha superado su periodo de vida útil o ha sufrido daños por factores imprevisibles que afectan la continuidad de sus operaciones. En consecuencia, no constituye PIP aquella reposición de activos que:
(i) se realice en el marco de las inversiones programadas de un proyecto declarado viable;
(ii) esté asociada a la operatividad de las instalaciones físicas para el funcionamiento de la entidad; o
(iii) no implique ampliación de capacidad para la provisión de servicios.



