Tips | Economía

Mandato electrónico VI

Mandato electrónico VI
7 vistas

Es importante tomar en cuenta que este mandato es otorgado por el dueño o consignatario a favor del agente de aduana, mediante el cual se le otorga la facultad de realizar actos y trámites relacionados con el despacho y retiro de las mercancías yse debe realizar antes de efectuar la numeración de la declaración aduanera de mercancías (DAM).

Compartir:

Comentarios

0
¿Deseas dejar un comentario o resolver dudas? Inicia sesión con tu cuenta corporativa para unirte a la conversación.
Aún no hay comentarios en este tip. ¡Sé el primero en compartir tu duda o experiencia!