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Intereses en la letra de cambio I

Intereses en la letra de cambio I
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Es importante considerar que cuando vence la letra de cambio el tomador tiene derecho de exigir al obligado el pago acordado en dicho documento. Si no se llegara a pagar en la fecha pactada, se procede a cobrar intereses, los mismos que pueden ser pactados o acordados por ambas partes o en su defecto, se cobra el interés legal hasta el día de la cancelación.

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