Tratándose de aportes no dinerarios, como los bonos, es obligatorio contar con un informe de valorización, el cual debe ser aprobado por los socios o accionistas. Este informe cumple una función de transparencia y protección, tanto para la sociedad
como para terceros, al acreditar que el capital social está efectivamente respaldado por bienes reales y valorizados correctamente.
BASE LEGAL: Ley General de Sociedades (Art.27)
