Sí. Toda adquisición, transferencia o modificación en la titularidad de acciones debe estar necesariamente respaldada por un documento válida que justifique la operación registrada. Este sustento puede consistir en un acta de junta general o de directorio que apruebe un aumento o reducción de capital, un contrato privado de transferencia de acciones, una carta de suscripción, escritura pública, resolución judicial, testimonio notarial o cualquier otro titulo que pruebe de manera fehaciente el cambio accionarial.
BASE LEGAL: Articulo 95 y 96 de la Ley Nº 26887



