La norma autorizó de manera extraordinaria a los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) que hasta el 31 de octubre del 2020 no contaban con acreditación de aportes a la cuenta individual de capitalización (CIC) por al menos 12 meses consecutivos a retirar de manera facultativa hasta 4 UIT del total de sus fondos acumulados.
De acuerdo con la ley, los afiliados podrán presentar su solicitud de forma remota, virtual o presencial, y por única vez, dentro de los 90 días calendario posteriores a la vigencia de su reglamento.
Se abonará hasta una UIT cada 30 días calendario. El primer desembolso será a los 30 días de presentada la solicitud ante la AFP. Ello es aplicable hasta el segundo abono y el resto se aplicará en la tercera entrega.
Detalles
La ley que faculta el retiro de hasta 4 UIT de las AFP no es aplicable a quienes califiquen para acceder al Régimen de Jubilación Anticipada por Desempleo.
El retiro de los fondos mantiene la condición de intangible, no pudiendo ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención o cualquier forma de afectación.



