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Se publica proyecto norma que modifica el TUO del Reglamento de portabilidad numérica en el servicio público móvil y el servicio de telefonía fija

Mediante Resolución de Consejo Directivo N.º 112-2019-CD/OSIPTEL, publicado en el diario oficial El Peruano, el 5 de setiembre del 2019, se aprueba la publicación del Proyecto de Norma que modifica el Texto Único Ordenado del Reglamento de Portabilidad Numérica en el Servicio Público Móvil y el Servicio de Telefonía fija.

Se publica proyecto norma que modifica el TUO del Reglamento de portabilidad numérica en el servicio público móvil y el servicio de telefonía fija
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RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N.º 112-2019-CD/OSIPTELLima, 22 de agosto de 2019(i) El Proyecto de Resolución presentado por la Gerencia General, que tiene por objeto modificar (i) el TUO del Reglamento de Portabilidad Numérica y (ii) el TUO de las Condiciones de Uso, y; (ii) El Informe N.º 00113-GPRC/2019 de la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia, que sustenta el Proyecto a que se refiere el numeral precedente; con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Legal; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo señalado en el artículo 3 de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en Servicios Públicos, Ley N.° 27332, modificada por las Leyes N.° 27631, N.° 28337 y N.° 28964, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) ejerce, entre otras, la Función Normativa, que comprende la facultad de dictar, en el ámbito y en materias de su competencia, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; […]

Artículo 3. Establecer un plazo de treinta (30) días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, para que los interesados remitan sus comentarios respecto del Proyecto que se publica. Los comentarios se presentan en el archivo adjunto en formato Word. La remisión de comentarios por escrito se realiza en la oficina principal del OSIPTEL (Calle De la Prosa N.º 136, San Borja, Lima) y por correo electrónico a la dirección: sid@osiptel.gob.pe, debiendo, en este caso, obtener una constancia de acuse de recibo emitida por el OSIPTEL. 

Artículo 4. Encargar a la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia del OSIPTEL el acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten, así como la presentación a la Alta Dirección de sus correspondientes recomendaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL MUENTE SCHWARZPresidente del Consejo Directivo

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