A través de la Ley Nº 31604 (Publ. 05.01.2022 – Vig. 06.01.2022), se modifica el artículo 3 de la Ley Nº 31454, que precisa la Ley Nº 31173, que garantiza el cumplimiento de la Ley Nº 29625, Ley de devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo priorizando a la población vulnerable como consecuencia de la pandemia de la COVID-19.
Se precisa que la Comisión Ad Hoc encargada de los procesos de liquidación de aportes y derechos, se conforma por 3 representantes del MEF, 1 representante de la ONP y 3 representantes de la Asociación Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú. La Comisión la preside uno de los representantes de la Asociación Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú (FENAF-PERÚ). Asimismo, la PCM proveerá la infraestructura y recursos necesarios para el funcionamiento de la Comisión.
Modifican la Ley que asegura implementación inmediata de la devolución del Fonavi
A través de la Ley Nº 31604 (Publ. 05.01.2022 – Vig. 06.01.2022).


Oscar Daniel Maquera MontoyaAsesor Tributario
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