DECRETO SUPREMO N.° 139-2019-EFMediante el Decreto Supremo N.° 139-2019-EF, publicado en el diario oficial El Peruano, el 2 de mayo del 2019, se promulga el Decreto Supremo que dicta disposiciones para el reajuste del monto de las pensiones establecidas en el Decreto Ley N.° 19990.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 del Decreto Ley N.° 25967, Modifican el goce de pensiones de jubilación que administra el Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS), establece que los reajustes las pensiones a cargo del IPSS, hoy Oficina de Normalización Previsional (ONP), se efectúan por Decreto Supremo, con voto aprobatorio del Consejo de Ministros, teniendo en cuenta la disponibilidad de los recursos aportados por los asegurados activos y los años de aportación del pensionista;[…]DECRETA:
Artículo 1. Reajuste de Montos de pensiones Se reajustan los montos de pensiones comprendidas dentro del Sistema Nacional de Pensiones a que se refiere el Decreto Ley N.° 19990, a favor de los pensionistas, bajo los siguientes parámetros: 1. Para las pensiones de jubilación y de invalidez: a. Cuando el monto total pensionable es igual a S/ 415,00 (Cuatrocientos quince y 00/100 Soles), el reajuste es de S/ 85,00 (Ochenta y cinco y 00/100 Soles). b. Cuando el monto total pensionable es igual a S/ 857,36 (Ochocientos cincuenta y siete y 36/100 Soles), el reajuste es de S/ 35,00 (Treinta y cinco y 00/100 Soles).[…]Fuente:Ministerio de Economía y Finanzas, Decreto Supremo N.° 139-2019-EF, Dictan disposiciones para el reajuste del monto de las pensiones establecidas en el Decreto Ley N.° 19990, Lima: 1 de mayo del 2019, (publicado el 2 de mayo del 2019).




