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Tipos de competencias

Tipos de competencias
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Por la forma de gobierno que ha asumido el Perú a nivel constitucional, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, ha desarrollado los distintos tipos de competencias, las cuales pueden ser exclusivas, compartidas y delegables. Al respecto, el numeral 3 del artículo 13 determina lo siguiente:

“Competencias exclusivas: Son aquellas cuyo ejercicio corresponde de manera exclusiva y excluyente a cada nivel de gobierno conforme a la Constitución y la ley. Competencias compartidas: Son aquellas en las que intervienen dos o más niveles de gobierno, que comparten fases sucesivas de los procesos implicados. La ley indica la función específica y responsabilidad que corresponde a cada nivel. Competencias delegables: Son aquellas que un nivel de gobierno delega a otro de distinto nivel, de mutuo acuerdo y conforme al procedimiento establecido en la ley, quedando el primero obligado a abstenerse de tomar decisiones sobre la materia o función delegada. La entidad que delega mantiene la titularidad de la competencia, y la entidad que la recibe ejerce la misma durante el período de la delegación”. (negritas agredas) 

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