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¿Cómo calcular la CTS?

¿Cómo calcular la CTS?
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  • En caso de meses completos trabajados: tantos dozavos de la remuneración computable percibida por el trabajador en los meses de abril y octubre respectivamente, como meses completos haya laborado en el semestre respectivo, es decir, la remuneración computable entre 12, luego multiplicado por los meses laborados en el semestre.
  • En el caso de días laborados (meses incompletos): la fracción de mes se depositará por treintavos.

Base legal: Artículo 21 del D.S. N.º 001-97-TR.



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