A efectos de acreditar la experiencia del postor, las Bases Estándar para la contratación de consultoría de obras especifican que este puede presentar, entre otros documentos: contratos y su liquidación. Para tales efectos, debe entenderse por “liquidación”, aquella que luego de haber sido practicada por alguna de las partes, quedó aprobada o consentida, de conformidad con lo establecido en el artículo 215 del Reglamento de Contrataciones Públicas y, además, no se encuentra sometida a alguno de los mecanismos de solución de controversias (en caso la liquidación se hubiese sometido a algún mecanismo de solución de controversias, deberá considerarse lo resuelto a través de este). De esta manera, el contratista deberá presentar la documentación que sustente fehacientemente la aprobación o consentimiento de la referida liquidación.
Contrataciones Públicas: acreditación de la experiencia del postor

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