Las contrataciones por encargo se constituyen como una estrategia de compra que permite a las entidades públicas encargar a PERÚ COMPRAS la realización de las actuaciones preparatorias y/o el procedimiento de selección de las contrataciones de bienes, servicios en general, consultorías y obras que requieren a través de la suscripción de un convenio interinstitucional.
Las contrataciones que se realizan por encargos provenientes de las entidades, no tienen carácter obligatorio. En tal sentido, se realizan de forma coordinada entre PERÚ COMPRAS y las entidades.
No existe un marco normativo que obligue a una entidad encargar una contratación a PERÚ COMPRAS. Los encargos se realizan de manera coordinada entre las entidades y PERÚ COMPRAS cuando existe una contratación que por sus características o circunstancias (poca capacidad operativa, complejidad de la contratación, incidencias previas durante el proceso de contratación, entre otras) sea más conveniente encargar.
Respecto al procedimiento para contratar por encargo, se debe suscribir un convenio de cooperación institucional. Luego PERÚ COMPRAS desarrolla el procedimiento conforme a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.
Asimismo, los beneficios para las entidades de encargar sus contrataciones son:
- Mejora continua del requerimiento a través de mesas de trabajo con equipos multidisciplinarios.
- Permite que las entidades enfoquen sus esfuerzos en las actividades principales de su sector cumpliendo así sus metas institucionales.
- Mitigación de riesgos en la contratación.
- Modelos de buenas prácticas a replicar en procesos futuros.



