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Contrataciones: ¿En qué casos pueden ser removidos los integrantes de un Comité de Selección?

Contrataciones: ¿En qué casos pueden ser removidos los integrantes de un Comité de Selección?
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Los integrantes del Comité de Selección sólo pueden ser removidos por caso fortuito o fuerza mayor, por cese en el servicio, conflicto de intereses u otra situación justificada, mediante documento debidamente motivado. En dicho documento puede designarse al nuevo integrante.

Base Legal: Artículo 44 numeral 44.8 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, modificado con Decreto Supremo N° 344-2018-EF y sus modificatorias.

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