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Si al inicio del contrato de arrendamiento operativo el arrendatario recibe un incentivo económico de parte del arrendador ¿Cómo debe registrarlo?

Si al inicio del contrato de arrendamiento operativo el arrendatario recibe un incentivo económico de parte del arrendador ¿Cómo debe registrarlo?
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Los incentivos de arrendamiento recibidos del arrendador se reconocen en los libros contables del arrendatario disminuyendo el costo del activo por derecho de uso.

Base legal: párrafo 24 de la NIIF 16 Arrendamientos



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