Un contrato de carácter oneroso es aquel contrato en el cual los costos inevitables de cumplir con las obligaciones exceden a los beneficios económicos que se esperan recibir del mismo. Si una entidad tiene un contrato de carácter oneroso, las obligaciones presentes que se deriven del mismo deben ser reconocidas y medidas como una provisión.
Base legal: párrafo 66 de la NIC 37



