El ORI son las partidas de ingresos y gastos (incluidos los ajustes por reclasificación) que se reconocen en el patrimonio y no en el resultado del periodo. Diversas NIIF exigen reconocer resultados en el ORI, por ejemplo, el superávit de revaluación, la corrección de errores de ejercicios anteriores, las diferencias de conversión de estados financieros de filiales extranjeras, así como las variaciones en la medición de acciones que se clasifican como “Inversiones al valor razonable con cambios en el otro resultado integral”.
Base legal: Apéndice A NIIF 18



