Los activos (pasivos) por impuestos diferidos se clasifican como activos no corrientes en el Estado de Situación Financiera.
Base legal: párrafo 98 de la NIIF 18

Los activos (pasivos) por impuestos diferidos se clasifican como activos no corrientes en el Estado de Situación Financiera.
Base legal: párrafo 98 de la NIIF 18


