Una entidad comenzará la capitalización de los costos por préstamos como parte de los costos de un activo apto en la fecha de inicio. La fecha de inicio para la capitalización es aquella en que la entidad cumple por primera vez todas y cada una de las siguientes condiciones:
(a) incurre en desembolsos en relación con el activo;
(b) incurre en costos por préstamos; y
(c) lleva a cabo las actividades necesarias para preparar al activo para el uso al que está destinado o para su venta.
BASE CONTABLE: Párrafo 17, NIC 23 Costos por préstamos



