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¿Cuáles son los umbrales vigentes para el año 2022 que ampara la obligación del uso de las NIIF en el Perú?

¿Cuáles son los umbrales vigentes para el año 2022 que ampara la obligación del uso de las NIIF en el Perú?
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De acuerdo a la RCNC N° 002-2021-EF/30 se encuentran excluidas  a llevar las NIIF para las PYMES a partir del 01 de Enero del 2022 las empresas  que:

-Obtengan ingresos anuales por ventas de bienes y/o servicios, iguales o mayores, a dos mil trescientas (2 300) Unidades Impositivas Tributarias, al cierre del ejercicio anterior, a las cuales les son aplicables las NIIF completas, oficializadas por el Consejo Normativo de Contabilidad.

-Obtengan ingresos anuales por ventas de bienes y/o servicios, menores a ciento cincuenta (150) Unidades Impositivas Tributarias, cierre del ejercicio anterior, quienes deberán llevar su contabilidad según la normativa contable que en su oportunidad emita el Consejo Normativo de Contabilidad.

-Las empresas bajo la supervisión y control de la Superintendencia del Mercado de Valores-SMV.

-Las empresas y entidades bajo la supervisión y control de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones – SBS, las que se sujetarán a las normas que emita dicho órgano de control y supervisión.

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