Una entidad aplicará la NIIF 5 a una inversión, o parte de una inversión, en una asociada que cumpla los criterios para ser clasificada como mantenida para la venta. (Referencia: párrafos 6 a 14, NIIF 5)
Base legal: párrafo 20 de la NIC 28

Una entidad aplicará la NIIF 5 a una inversión, o parte de una inversión, en una asociada que cumpla los criterios para ser clasificada como mantenida para la venta. (Referencia: párrafos 6 a 14, NIIF 5)
Base legal: párrafo 20 de la NIC 28


