El coste de un elemento de propiedades, planta y equipo se reconocerá como activo si, y sólo si:
a) Sea probable que la entidad obtenga los beneficios económicos futuros derivados del mismo; y
b) El costo del elemento puede medirse con fiabilidad.
Referencia: Párrafo 7 de la NIC 16 Propiedades, Planta y Equipo



