Al calcular la tasa de interés efectiva, una entidad deberá estimar los flujos de efectivo considerando todos los términos contractuales del instrumento financiero (por ejemplo, opciones de prepago, de compra y similares) y las pérdidas crediticias conocidas que se han incurrido, pero no deberá considerar posibles pérdidas crediticias futuras aún no incurridas.
Base contable: Párrafo 11.17, Sección 11 Instrumentos financieros
