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Contabilidad Pública: modifican la presentación de la información financiera e información presupuestaria de las entidades del Sector Público

El MEF ha determinado la necesidad de establecer un procedimiento extraordinario para la presentación de la información financiera e información presupuestaria correspondiente a los periodos intermedios del ejercicio fiscal 2025.

Contabilidad Pública: modifican la presentación de la información financiera e información presupuestaria de las entidades del Sector Público
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La Dirección General de Contabilidad Pública emite las normas, procedimientos y plazos para suscribir y/o presentar digitalmente la información financiera e información presupuestaria de las entidades del Sector Público, en los medios digitales establecidos.

Mediante la Resolución Directoral N° 007-2024-EF/51.01 se aprobó el Instructivo N° 003-2024-EF/51.01 “Instructivo para la Presentación de la Información Financiera e Información Presupuestaria de las Entidades del Sector Público durante el proceso de transición al marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público”, cuyos numerales 4.1.1, 4.2.1 y 4.4.2 dispone que en los anexos 1 y 2 se establecen los formatos y los plazos para la presentación de la información financiera e información presupuestaria de los periodos intermedios y el cierre anual.

La Resolución Directoral N° 0010-2025-EF/51.01 aprobó la modificación del Instructivo N° 003-2024-EF/51.01, incluyendo una Segunda Disposición Complementaria Transitoria, que establece los formatos y plazos para la presentación de la rendición de cuentas de periodos intermedios del ejercicio fiscal 2025 en los Anexos 1-A y 2-A.En ese sentido, la Dirección General de Contabilidad Pública, en el marco de la implementación progresiva del Módulo contable en Plataforma WEB que viene ejecutando el Ministerio de Economía y Finanzas, y sobre la base de su impacto en el proceso en curso de la rendición de cuentas, ha determinado la necesidad de establecer un procedimiento extraordinario para la presentación de la información financiera e información presupuestaria correspondiente a los periodos intermedios del ejercicio fiscal 2025.

Por ello, el 12 de octubre del 2025 se publicó la Resolución Directoral Nº 0012-2025-EF/51.01, que dispone excepcionalmente, para el ejercicio fiscal 2025, la presentación facultativa de la información financiera e información presupuestaria correspondiente al primer trimestre y primer semestre establecida en los Anexos 1-A y 2-A, aprobados mediante la Resolución Directoral N° 0010-2025-EF/51.01.

La presentación de la información financiera e información presupuestaria correspondiente al tercer trimestre del ejercicio fiscal 2025, se mantiene según lo dispuesto en la Resolución Directoral N° 0010-2025-EF/51.01, salvo que, mediante comunicado de la Dirección General de Contabilidad Pública, se disponga un mecanismo distinto.

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