El Congreso de la República promulgó hoy la Ley 31692 que garantiza la publicación de las resoluciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual (Indecopi).
En ese sentido, la norma determina que los órganos de dicha entidad deben publicar en su portal institucional las resoluciones que otorgan o deniegan medidas cautelares, previa comprobación de la validez de su notificación, en un plazo máximo de hasta treinta días calendario, contados a partir de la notificación de la resolución a todas las partes.
El dispositivo legal indica que se exceptúa el contenido confidencial o reservado de la resolución, de conformidad con el marco normativo específico del Indecopi y con lo dispuesto en la Ley 27806, Ley de transparencia y acceso a la información pública, y demás normativa nacional en la materia.
El incumplimiento de esta disposición constituye falta grave disciplinaria y dará lugar al inicio del procedimiento administrativo – disciplinario contra los funcionarios o servidores públicos que hayan omitido sus funciones.
Cabe destacar que esta ley entrará en vigencia a los 60 días calendario contados a partir de hoy.
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