Jurisprudencias | Civil

No existe vulneración del debido proceso si la sala superior valora medios probatorios que no fueron cuestionados oportunamente por la parte casacionista (Casación N.º 3240-2023-Del Santa)

Jurisprudencia aplicable al arts. 139, inc. 3 y 5 de la Const. Pol. y 374 del CPC

No existe vulneración del debido proceso si la sala superior valora medios probatorios que no fueron cuestionados oportunamente por la parte casacionista (Casación N.º 3240-2023-Del Santa)
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Resumen: Se analiza un proceso de prescripción adquisitiva de dominio en el que la demandante solicitaba ser declarada propietaria de un inmueble de propiedad municipal, buscando que se le adicione a su plazo de ocupación, el tiempo de posesión de su padre. La municipalidad alegaba que no se había acreditado el cumplimiento del plazo legal antes de la entrada en vigencia de la Ley N.º 29618 (que declaró imprescriptibles los bienes inmuebles de dominio privado estatal). Frente a ello, durante la etapa de apelación, la demandante incorporó documentos (como un contrato de compraventa, un recibo de pago y otros), para acreditar el origen y la antigüedad de la posesión, cuya admisión fue cuestionada por la municipalidad al alegar una vulneración del debido proceso y al derecho de defensa, aspecto que es examinado por la Corte Suprema vía casación para determinar si dicha incorporación afectó sus garantías procesales. Al respecto, determina que la municipalidad demandada fue notificada de los documentos ofrecidos en la apelación y tuvo la oportunidad de cuestionar su admisión, mas no lo hizo. 

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