Resumen: La Corte Suprema reafirma que la debida motivación de las resoluciones judiciales exige que los jueces fundamenten objetivamente sus decisiones tanto en los hechos acreditados como en el ordenamiento jurídico aplicable al caso. Cuando un tribunal decide apartarse de la normativa vigente al momento en que ocurrieron los hechos materia de controversia para aplicar disposiciones posteriores, resulta imperativo que exponga las razones jurídicas que justifican tal cambio en el marco regulatorio, dado que la ausencia de esta justificación constituye un vicio en la motivación que afecta el derecho fundamental al debido proceso.
Los jueces deben justificar la aplicación de una normativa distinta a la vigente durante los hechos que causaron los daños (Casación N.º 2958-2021-Ancash)
Jurisprudencia aplicable a los art. 139 inc. 5 de la Const. Pol., 50 inc. 6 y 122 inc. 3 y 4 del CPC

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1Casación N.º 2958-2021-Ancash.pdf
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