Resumen: La Corte Suprema estableció diferencias fundamentales entre el desalojo por falta de pago y el desalojo por precario. Además, de reafirmar que la causal del desalojo por falta de pago es completamente válida y autónoma, sin requerir la resolución previa del contrato para proceder al desalojo.
La Sala Suprema establece que desalojo por falta de pago es causal válida e independiente del desalojo por precario. (Casación N° 3731-2022 Cusco)
Jurisprudencia aplicable a los arts. 585 y 591 del CPC

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