Resumen: Las partes celebraron un contrato de préstamo hipotecario, donde el tipo sería una hipoteca de tipo abierta o también conocida como garantía sabana; lo cual, El Tribunal Supremo indica este tipo de hipoteca no es necesario que el título ejecutivo contenga detalladamente cada una de las obligaciones garantizadas, ni que se hubiesen celebrado títulos ejecutivos adicionales.
En las hipotecas abiertas o garantía sabana no es obligatorio que todas las obligaciones se encuentran detalladas en el titulo ejecutivo (Cas. N.° 2408-2018 San Martin)
Jurisprudencia aplicable al artículo 720 y 724 del CPC.

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