Jurisprudencias | Civil

El representado deberá ratificar los actos realizados por el apoderado; de lo contrario resultará ineficaz (Cas. N.° 2873-2019 Lima)

Jurisprudencia aplicable a los artículos 161 y 162 del Código Civil

El representado deberá ratificar los actos realizados por el apoderado; de lo contrario resultará ineficaz (Cas. N.° 2873-2019 Lima)
2699 vistas

Resumen: Conforme al artículo 161 del Código Civil que regula la figura de falsus procurator que se denomina cuando un apoderado se excede de las facultades otorgadas; por el cual, el acto resulta ineficaz frente a su representado; sin embargo, éste puede ratificarlo de acuerdo al artículo 162 del CC.

Archivos adjuntos

1
JUNI 21.pdf
PDF0.29 B
Compartir:

Comentarios

0
¿Deseas dejar un comentario o resolver dudas? Inicia sesión con tu cuenta corporativa para unirte a la conversación.
Aún no hay debates sobre esta resolución. ¡Sé el primero en opinar!