Jurisprudencias | Civil

El rechazo de la contradicción por falta de subsanación no habilita al ejecutado a usar sus fundamentos en la apelación (Casación N.º 36-2020-Lima)

Jurisprudencia aplicable a los arts. 690-D y 690-E del CPC

El rechazo de la contradicción por falta de subsanación no habilita al ejecutado a usar sus fundamentos en la apelación (Casación N.º 36-2020-Lima)
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Resumen:  La Corte Suprema estableció que cuando la parte ejecutada no subsana oportunamente los requisitos de admisibilidad de su escrito de contradicción conforme al requerimiento judicial efectuado dentro del plazo de ley, procede el rechazo de dicha contradicción en aplicación del último párrafo del artículo 690-E del Código Procesal Civil, debiendo el juez expedir auto sin más trámite ordenando llevar adelante la ejecución; en consecuencia, las alegaciones presentadas en un escrito de contradicción rechazado por falta de subsanación no pueden ser invocadas posteriormente como fundamento de apelación para cuestionar el mandato ejecutivo, toda vez que la falta de subsanación constituye una circunstancia atribuible a la propia ejecutada que impide el ejercicio válido del derecho de contradicción.

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