Resumen: La Corte Suprema verificó que las instancias inferiores incurrieron en fallo extra petita al declarar la nulidad total del testamento, pese a que los demandantes únicamente cuestionaron la cláusula quinta por considerar que la causante distribuyó los bienes de forma inequitativa, afectando la legítima de los herederos forzosos. Al examinar el proceso, la Corte advirtió que el argumento central de las instancias de mérito —que la testadora dispuso bienes que no le pertenecían en exclusiva al no haberse tramitado la sucesión intestada de su esposo premuerto— nunca fue materia controvertida, por lo que pronunciarse sobre ello vulneró el principio de congruencia procesal y el debido proceso del recurrente. Asimismo, la Corte verificó que la declaración de nulidad manifiesta del testamento se emitió sin garantizar el contradictorio previo exigido por el IX Pleno Casatorio Civil.
El juez no puede declarar la nulidad total del testamento sustentándose en hechos que nunca fueron denunciados en la demanda (Casación N.º 485-2019-Tumbes)
Jurisprudencia aplicable a los arts. 201, 219 inc. 8, 220, 224, 686, 689, 696 inc. 4, 704, 723, 729 del CC

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1Casación N.º 485-2019-Tumbes.pdf
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