Resumen: La sala suprema ratificó la demolición de dos pisos construidos sin autorización, señalando que, aunque los demandados contaban con certificado de obra, este solo permitía la edificación hasta 6 pisos y no los 8 que se habían levantado. El fallo establece que no procede cuestionar el proceso administrativo sancionador mediante esta vía judicial, quedando firme la orden municipal de demolición por contravenir las normas de zonificación urbana vigente en la ciudad de Cusco.
El certificado de obra no justifica la construcción irregular si excede los pisos autorizados por la planificación urbana (Casación N.º 1601-2022-Cusco)
Jurisprudencia aplicable a los arts. 139 inc. 3 y 5 de la Const. Pol., 50 y 122 inc. 3 del CPC

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11601-2022-Cusco.pdf
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