CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N.° 27563, Ley que autoriza la Creación del Registro Nacional de Municipalidades, con la finalidad de integrar la información estadística de las municipalidades provinciales, distritales y de centros poblados creados con arreglo a ley, el que está a cargo del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI); Que, por Decreto Supremo N.° 033-2002-PCM, se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Municipalidades (RENAMU) y el Directorio Nacional de Municipalidades de Centro Poblado Menor (DINAMUCEP), la cual dispone que la organización, implementación y actualización del Registro Nacional de Municipalidades está a cargo del Instituto Nacional de Estadística e Informática; Que, el artículo 15 del citado Decreto Supremo, dispone que las municipalidades deben remitir al INEI, la información durante el primer trimestre de cada año. Asimismo, señala que las unidades de estadística o el personal encargado de las municipalidades, son responsables del diligenciamiento de los formularios del Registro y de la veracidad de los datos que se consignan; Que, el artículo 19 del Reglamento estipula que el Registro Nacional de Municipalidades se actualizará de manera permanente y que las municipalidades están obligadas a brindar información anual y cuando sea necesario. Dicha actualización de la información se hará en formatos impresos o medios magnéticos de acuerdo a los procedimientos que establezca el INEI para tal efecto; Que, mediante documento del visto la Oficina Técnica de Estadísticas Departamentales, solicita a la Jefatura autorización para la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2021; y la aprobación del Formulario 01 dirigido a las municipalidades provinciales y distritales y el Formulario 02 dirigido a las municipalidades de centros poblados; Que, en ese sentido, resulta necesario autorizar la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2021, y aprobar los Formularios 01 y 02 para el levantamiento de la información estadística, fijando el plazo máximo de entrega de la información, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 81 y 83 del Decreto Supremo N.° 043-2001-PCM, “Reglamento de Organización y Funciones del INEI”; Estando a lo propuesto por la Oficina Técnica de Estadísticas Departamentales, con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo N.° 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar, la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2021, que se ejecutará a partir del 17 de mayo de 2021, y estará a cargo de la Oficina Técnica de Estadísticas Departamentales del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI. La presente Resolución se encuentra publicada en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Estadística e Informática (http://www.inei.gob.pe).
Artículo 2.- Aprobar el Formulario 01, dirigido a las municipalidades provinciales y distritales; y el Formulario 02, dirigido a las municipalidades de centros poblados, que serán utilizados para la actualización del Registro Nacional de Municipalidades, los cuales serán remitidos a todas las municipalidades del país, vía correo electrónico en formato PDF, para su diligenciamiento por el Alcalde u otra autoridad municipal que delegue. Los Formularios, también estarán disponibles en la página Web del INEI www.inei.gob.pe, para su diligenciamiento en línea, utilizando una clave de acceso que será proporcionada mediante oficio dirigido al Alcalde.
Artículo 3.- Establecer como plazo máximo de presentación de los formularios, debidamente diligenciados del 17 de mayo al 02 de julio 2021, los mismos que serán remitidos en el departamento de Lima: al Instituto Nacional de Estadística e Informática a los correos electrónicos renamu@inei.gob.pe y mesadepartes@inei.gob.pe; y, en los otros departamentos del país, a las Oficinas Departamentales y Zonales de Estadística e Informática del Instituto Nacional de Estadística e Informática, cuyos correos electrónicos se consignan en el Anexo que forman parte de la presente Resolución.
Artículo 4.- Autorizar, a los Directores Departamentales y Zonales de las Oficinas Departamentales y Zonales de Estadística e Informática del Instituto Nacional de Estadística e Informática, a efectuar coordinaciones con las autoridades municipales de su jurisdicción, para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
Artículo 5.- Precisar, que las municipalidades que incumplan con la presentación de la información solicitada en el plazo establecido, serán pasibles de ser multadas conforme a lo dispuesto por los artículos 87, 89 y 91 del Decreto Supremo N.° 043-2001 PCM y que el pago de la multa no exime a las municipalidades de la obligación de suministrar la información solicitada. Regístrese y comuníquese. DANTE CARHUAVILCA BONETT Jefe ANEXO REGISTRO NACIONAL DE MUNICIPALIDADES 2
021 Lugares de Distribución y Recepción de Formularios INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA - LIMA SEDE CENTRAL Dirección: Av. Gral. Garzón N.° 654 - 658, Jesús María - Lima 1
1 Teléfonos Móviles: 991685938 / 994603270 / 9
91681389 Correo electrónico: renamu@inei.gob.pe Oficinas Departamentales de Estadística e Informática – ODEI ODEI AMAZONAS Dirección: Jr. Amazonas N.° 417 - Chachapoyas Teléfono: 041 - 477478 / 478129 / 9
78880147 Correo electrónico: AMAZONAS@INEI.GOB.PE ODEI ÁNCASH - HUARAZ Dirección: Jr. Dámaso Antúnez N.° 723 Barrio de Belén - Huaraz Teléfono: 043 - 421991 / 943979215 / 9
57684538 Correo electrónico: HUARAZ @INEI.GOB.PE OFICINA ZONAL DE ÁNCASH - CHIMBOTE Dirección: Urb. Los Pinos, Mz. A2 Lote 1 – Chimbote (Altura del Vivero Forestal de Chimbote-Zona La Antena) Teléfono: 043 - 323951 / 988746325 / 9
43354917 Correo electrónico: CHIMBOTE@INEI.GOB.PE ODEI APURÍMAC Dirección: Av. Circunvalación N.° 279 (Referencia: Ex local de COFOPRI) – Abancay Teléfono: 083 - 321191 / 322030 / 9
80101049 Correo electrónico: APURIMAC@INEI.GOB.PE ODEI AREQUIPA Dirección: Calle Santo Domingo 103, Oficina N.° 412 (Local de la Biblioteca: San Juan de Dios 120A) Teléfono: 054 - 282810 / 997524818 / 9
59772183 Correo electrónico: AREQUIPA@INEI.GOB.PE ODEI AYACUCHO Dirección: Jr. Callao N.° 226 - Ayacucho Teléfono: 066 - 313175 / 313705 / 9
89194991 Correo electrónico: AYACUCHO@INEI. GOB.PE ODEI CAJAMARCA Dirección: Jr. Comercio N.° 629 - Cajamarca Teléfono: 076 - 366006 / 361588 / 9
76839199 Correo electrónico: CAJAMARCA@INEI.GOB.PE ODEI CUSCO Dirección: Av. El Sol N.° 2
72 Teléfono: 084 - 224830 / 247778 / 9
84693559 Correo electrónico: CUSCO@INEI.GOB.PE ODEI HUANCAVELICA Dirección: Jr. Montesinos S/N (Referencia: A 1/2 cuadra del IPD, Frente a la Empresa Yuri) Barrio de Santa Ana Teléfono: 067 - 453027 / 369394 / 9
94603155 Correo electrónico: HUANCAVELICA@INEI.GOB.PE ODEI HUÁNUCO Dirección: Jr. 28 de Julio N.° 835 - Huánuco Teléfono: 062 - 514002 / 516731 / 9
89715363 Correo electrónico: HUANUCO@INEI.GOB.PE ODEI ICA Dirección: Av. Municipalidad N.° 209 – 213 - Ica Teléfono: 056 - 224491 / 219374 / 9
94603284 Correo electrónico: ICA@INEI.GOB.PE ODEI JUNÍN Dirección: Calle Real N.° 601- 615 - Huancayo Teléfono: 064 - 216336 / 214179 / 9
55974300 Correo electrónico: JUNIN@INEI.GOB.PE ODEI LA LIBERTAD Dirección: Av. Manuel Vera Enríquez N.° 504 - Urb. Las Quintanas - Trujillo Teléfono: 044 - 249455 / 207400 / 9
60673133 Correo electrónico: LIBERTAD@INEI.GOB.PE ODEI LAMBAYEQUE Dirección: Av. José Balta N.° 658, 1er. piso - Chiclayo Teléfono: 074 - 206826 / 979364995 - 9
98023387 Correo electrónico: LAMBAYEQUE@INEI.GOB.PE ODEI LIMA Dirección: Pasaje Túpac Amaru 121 - Huacho - Huaura Teléfono: 01 - 3970369 / 3970373 / 9
44582316 Correo electrónico: HUACHO@INEI.GOB.PE ODEI LORETO Dirección: Jr. Putumayo N.° 173 - Iquitos Teléfono: 065 - 233197 / 241505 / 9
21655709 Correo electrónico: LORETO@INEI.GOB.PE ODEI MADRE DE DIOS Dirección: Jr. Arequipa N.° 154 - Puerto Maldonado - T Tambopata Teléfono: 082 - 571610 / 573580 / 9
73593518 Correo electrónico: MADREDEDIOS@INEI.GOB.PE ODEI MOQUEGUA Dirección: Av. Santa Fortunata Mz. Q3A Lote. 6 del CC.PP. San Antonio - Moquegua Teléfono: 053 – 461269 / 997574785 / 9
71018077 Correo electrónico: MOQUEGUA@INEI.GOB.PE ODEI PASCO Dirección: Centro Comercial Edif. N.° 4 Oficina N.° 3 San Juan 2do. Piso - Yanacancha Teléfono: 063 - 422437 / 422782 / 9
44927363 Correo electrónico: PASCO@INEI.GOB.PE ODEI PIURA Dirección: Calle El Parque N.° 212 Urb. Santa Isabel - Piura Centro de Documentación: Av. Sullana 1142




