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Se autoriza el “Plan de Capacitación Virtuales de Seguridad y Salud en el Trabajo” con el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía

Mediante Resolución Administrativa N.° 000253-2020-CE-PJ publicado en el diario oficial El Peruano, el 29 de setiembre del 2020, se autoriza el “Plan de Capacitación Virtuales de Seguridad y Salud en el Trabajo”, con el objeto de lograr que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con mayor celeridad y eficiencia.

Se autoriza el “Plan de Capacitación Virtuales de Seguridad y Salud en el Trabajo” con el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía
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CONSIDERANDO:Primero. Que, el señor Javier Arévalo Vela, Presidente del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial, mediante Oficio N.° 000020-2020-JAV-PCSST-CE-PJ solicita a este Órgano de Gobierno la aprobación del “Plan de Capacitación Virtuales de Seguridad y Salud en el Trabajo”, en cumplimiento del inciso b) del artículo 35 de la Ley N.° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, que dispone la obligatoriedad de realizar al menos 4 capacitaciones al año, e inciso 7.3, artículo 7, del Decreto Legislativo N.° 1499, que obliga el cumplimiento de las capacitaciones de forma virtual haciendo uso de los diferentes medios o herramientas tecnológicas.

Segundo. Que, asimismo, informa que las capacitaciones virtuales estarán dirigidas a todos los miembros de los Subcomités de Seguridad y Salud en el Trabajo, trabajadores y jueces de las Cortes Superiores de Justicia del país y dependencias del Poder Judicial, que deseen participar con su debido registro en el aula virtual (link) que será proporcionada por la Oficina Técnica de Seguridad y Salud en el Trabajo y los mismos Subcomités. Del mismo modo, solicita autorización para la validación de las licencias o compensación de horas de los trabajadores y jueces que participen en las referidas capacitaciones, siendo la Oficina Técnica de Seguridad y Salud en el Trabajo la encargada de supervisar el desarrollo y estricto cumplimiento de las mismas.

Tercero. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por lo que siendo así, y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente aprobar el plan de capacitación presentado.

En consecuencia; en mérito al Acuerdo N.° 1037-2020 de la quincuagésima cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 2 de setiembre de 2020, realizada en forma virtual con la participación de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,SE RESUELVE:Artículo Primero. Autorizar el “Plan de Capacitación Virtuales de Seguridad y Salud en el Trabajo”, el cual se desarrollará conforme a las disposiciones establecidas en la Ley N.° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo; que en anexo forma parte integrante de la presente decisión.

Artículo Segundo. Disponer la publicación de la presente resolución administrativa y el documento aprobado, en el Portal Institucional del Poder Judicial para su difusión y cumplimiento.

Artículo Tercero. Transcribir la presente resolución a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

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