Mediante la Resolución Administrativa N.° 353-2019-CE-PJ, publicado en el diario oficial El Peruano, el 02 de octubre del 2019, que la aprobación de dicho reglamento llevará a la mejora del servicio de administración de justicia, además que estas medidas administrativas adoptadas sean revisadas por los órganos administrativas. Artículo Primero. Aprobar el “Reglamento de Selección y Registro de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial”, que consta de siete Títulos, treinta y cuatro Artículos, y dos Disposiciones Finales, que en anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo. Diferir la aplicación del documento aprobado hasta que se efectúe la reestructuración de la Oficina de Meritocracia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dependencia encargada, entre otros, de la dirección del concurso público para la elección de Jueces Supernumerarios.
Artículo Tercero. Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial brinde el apoyo necesario, para los fines del reglamento aprobado, en su oportunidad.
Artículo Cuarto. Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país, Coordinación Nacional de Meritocracia y Antigüedad del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
TÍTULO IDISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Objetivo Establecer disposiciones para la estructura, organización, implementación y funcionamiento del Registro de Jueces Supernumerarios a nivel nacional en el Poder Judicial; así como para el desarrollo del concurso público de méritos con el objeto de elegir a Jueces Supernumerarios para la labor jurisdiccional, garantizando transparencia en su desarrollo e igualdad de condiciones a los postulantes.
Artículo 2.- Definición, Requisitos Generales y EspecialesPara los efectos del presente Reglamento son Jueces Supernumerarios los abogados que, previo concurso público de méritos regulado por el presente reglamento, son elegidos como tales para desempeñar de forma temporal la función de Juez, en plazas vacantes o liberadas por promoción, licencia, suspensión u otros, de Jueces Titulares o Provisionales. TÍTULO IIREGISTRO DE JUECES SUPERNUMERARIOS
Artículo 3.- El RegistroEs una herramienta en la que se encuentran inscritos los ganadores del concurso público, elegidos para ser designados Jueces Supernumerarios al nivel nacional para la labor jurisdiccional.
Artículo 4.- Sobre el Registro Para la incorporación en el Registro Nacional de Jueces Supernumerarios los postulantes a ser Jueces Supernumerarios, deberán aprobar el Concurso Público de méritos, siendo el responsable del Registro Nacional de Jueces Supernumerarios la Oficina de Meritocracia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con el apoyo de las Oficinas de Organización de Cuadros de Méritos y de Antigüedad de cada Corte Superior de Justicia. El Responsable del Registro Nacional de Jueces Supernumerarios debe velar por la inscripción y actualización permanente del Registro, además de brindar la información cierta y oportuna que se le requiera. Es necesario mencionar que las Cortes Superiores de Justicia de la República, utilizarán el mencionado Registro como única fuente para proponer la designación de Jueces Supernumerarios.
Artículo 5.- Naturaleza del RegistroEl Registro tiene naturaleza pública, por lo que deberá publicarse de manera permanente en el Portal Institucional y en la página web correspondiente a cada Distrito Judicial, para conocimiento de la Institución, ciudadanía y usuarios.




