LEY N.° 30952EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICAHa dado la Ley siguiente:LEY QUE CREA EL BONO DE ARRENDAMIENTO PARA VIVIENDA
Artículo 1. Objeto de la Ley El objeto de la presente ley es crear el Bono de Arrendamiento para Vivienda como un subsidio para el arriendo de viviendas y la generación de ahorro para el acceso a las mismas.
Artículo 2. Creación del Bono de Arrendamiento para Vivienda 2.1. Créase el Bono de Arrendamiento para Vivienda, como parte de la política sectorial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que se otorga con periodicidad mensual y por un tiempo máximo de cinco (5) años, con criterio de utilidad pública. 2.2. El mencionado bono se confiere sin cargo de restitución por parte de los beneficiarios y constituye un incentivo de ahorro para promover el acceso a la vivienda y a la mejora de las condiciones de habitabilidad.
Artículo 3. Distribución del Bono de Arrendamiento para Vivienda El monto total del Bono de Arrendamiento para Vivienda se distribuye de la siguiente manera: 1. Un porcentaje del Bono de Arrendamiento para Vivienda se destina para cubrir el pago del arriendo de la vivienda. 2. El otro porcentaje restante del referido bono, se destina a formar parte del ahorro orientado al pago de la cuota inicial o parte de esta, para la adquisición de una vivienda, el cual puede ser utilizado para la adquisición de una vivienda nueva en el marco del programa Techo Propio o mediante el crédito Mi Vivienda.[…]




