SE RESUELVE:Artículo Primero. Aprobar el “Protocolo de Visitas de Monitoreo” del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, el mismo que en documento adjunto forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo Segundo. Disponer la publicación de la presente resolución y el documento aprobado, en el Portal Institucional del Poder Judicial; para su difusión y cumplimiento.
Artículo Tercero. La Gerencia General del Poder Judicial brindará el apoyo administrativo que se requiera, para el cumplimiento del citado Protocolo de Visitas de Monitoreo.
Artículo Cuarto. Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país, Comisión Nacional de Implementación, Supervisión y Monitoreo de la Oralidad Civil en el Poder Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.[…]




