Mediante el Decreto Supremo N.º 165-2019-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, el 30 de setiembre del 2019, que en ejercicio de la facultad establecida en el artículo 134 de la Constitución Política del Perú, el Presidente de la República ha decidido disolver el Congreso de la República y convocar a elecciones para un nuevo Congreso.
Artículo 1.- Disolución del Congreso de la RepúblicaDisuélvase el Congreso de la República por haber negado la confianza a dos Consejos de Ministros del gobierno elegido para el periodo 2016-2021, manteniéndose en funciones la Comisión Permanente.
Artículo 2.- Revocatoria del mandato parlamentarioRevóquese el mandato parlamentario de los congresistas que no integran la Comisión Permanente. Carece de validez y eficacia jurídica todo acto relativo a la función parlamentaria realizado por los congresistas cuyo mandato ha sido revocado.
Artículo 3.- Convocatoria a eleccionesConvóquese a elecciones para un nuevo Congreso, para el día domingo 26 de enero de 2020, para que complete el periodo constitucional del Congreso disuelto, incluida la Comisión Permanente.
Artículo 4.- RefrendoEl presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros.




