CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N.° 202-2011-P-PJ, del 17 de mayo de 2011 se constituyó la Comisión de Justicia Intercultural del Poder Judicial, que tiene como función y competencia esenciales difundir e implementar las estrategias y acciones contenidas en la Hoja de Ruta de la Justicia Intercultural, aprobada por Resolución Administrativa N.° 499-2012-P-PJ, de fecha 17 de diciembre de 2012. Segundo. Que, el señor Presidente de la Comisión de Justicia Intercultural del Poder Judicial remite a este Órgano de Gobierno el “Plan de Actividades de la Comisión de Justicia Intercultural del Poder Judicial 2021”, el cual tiene los siguientes objetivos:
a) Identificar el significado del proceso político, social y cultural que representa el bicentenario de la independencia nacional para la formación y consolidación de una justicia intercultural en el Perú;
b) Elaborar un diagnóstico prospectivo sobre el estado actual y los escenarios futuros del enfoque intercultural de la justicia que promueve y aplica el Poder Judicial;
c) Potenciar la difusión y aplicación por las diferentes instancias y unidades jurisdiccionales del Poder Judicial, de los instrumentos técnicos sobre justicia intercultural diseñados y aprobados institucionalmente.
d) Promover el debate técnico y crítico de las decisiones del Poder Judicial y del Tribunal Constitucional, que se vienen apartando de los acuerdos plenarios y jurisprudencia vinculante aprobada por la Corte Suprema de Justicia de la República sobre problemas jurisdiccionales de interculturalidad;
e) Actualizar la Hoja de Ruta sobre Justicia Intercultural del Poder Judicial; y f) Insertar en el Plan Estratégico Institucional al 2030 del Poder Judicial, un eje estratégico y operativo específico sobre desarrollo de la Justicia Intercultural. Asimismo, informa que se ha producido el cese y retiro voluntario de integrantes de la Comisión de Justicia Intercultural, resultando necesario proceder a su reemplazo y reconformación para el Año Judicial 2021. Tercero. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por lo que siendo así, y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente aprobar la reconformación de la Comisión de Justicia Intercultural del Poder Judicial y el plan de actividades presentado.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N.° 303-2021 de la décimo tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 3 de marzo de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero. - Conformar la Comisión de Justicia del Poder Judicial, con los siguientes integrantes: • Víctor Roberto Prado Saldarriaga, Juez Supremo titular de la Corte Suprema de la República, quien la presidirá.• Aldo Nervo Atarama Lonzoy, Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Loreto.• Jorge Fernando Bazán Cerdán, Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca.• Wilmer Bustamante Del Castillo, Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Cusco.• Hernán Layme Yépez, Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Puno.• Pércida Damaris Luján Zuasnabar, Jueza Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Junín.
El señor Víctor Javier Echevarría Mejía, tendrá la condición de Secretario Técnico. Artículo Segundo. - Aprobar el “Plan de Actividades de la Comisión de Justicia Intercultural del Poder Judicial 2021”, con cargo a la disponibilidad presupuestal; que en documento adjunto forma parte integrante de la presente decisión. Artículo Tercero. - Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial dicte las medidas complementarias, para la ejecución del referido plan de trabajo. Artículo Cuarto. - Disponer la publicación de la presente resolución y el documento aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial; para su difusión y cumplimiento. Artículo Quinto. - Transcribir la presente resolución a la Presidenta del Poder Judicial, Comisión de Justicia Intercultural del Poder Judicial, Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, Cortes Superiores de Justicia del país, Centro de Investigaciones Judiciales; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Powered by Froala Editor




