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¿Qué es una “entidad perceptora de donaciones”?

¿Qué es una “entidad perceptora de donaciones”?
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Las entidades perceptoras de donaciones son aquellas entidades y dependencias del sector público nacional, organizaciones y organizaciones internacionales acreditadas por el Estado peruano y las demás entidades beneficiarias calificadas por la SUNAT, por un periodo de 3 años. 

Los gastos por estos conceptos son deducibles, siempre que se efectúen a sujetos calificados por la SUNAT como entidades perceptoras de donaciones. 

Base Legal: Inciso x) del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta.  

 

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