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Declaración sustitutoria o rectificatoria

Declaración sustitutoria o rectificatoria
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La declaración sustitutoria es aquella que se presenta antes de la fecha de vencimiento, sin generarse infracción alguna; mientras, la declaración rectificatoria es aquella que se presenta después de la fecha de vencimiento, generándose intereses si se declara un mayor impuesto a pagar (tributo omitido). 

Base legal: Artículo 88 del Código Tributario. 

 

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