LIGV-Articulo 2
incorporación un párrafo cuarto al literal r) del artículo 2
r) (...)
Igualmente, las comisiones cobradas al beneficiario por operaciones de transferencias de fondos provenientes del exterior y las comisiones que se cobran a los agentes o corresponsales del exterior a través de los cuales se contrata el servicio de remesa en el exterior(*)
(*) Cuarto párrafo del inciso r) incorporado por el articulo 2 de la Ley N.º 32211, publicado el 20 de diciembre del 2024.